En cuanto al permiso:
Si procede de los países miembros de la UE, Suiza, Noruega, Islandia y Liechtenstein, sólo necesita llevar el carné de conducir en vigor.
Si procede de un país distinto de los anteriores deberá poseer un Permiso de Conducir Internacional.
Cualquier turista que viaje con su propio coche debe saber que se le podrá exigir un Permiso Temporal de Circulación. Podrá solicitar este permiso en la Aduana y tendrá un periodo de vigencia de 6 meses.
En relación al seguro de conducción:
Si procede de los países miembros de la UE, Suiza, Noruega, Islandia, Liechtenstein, Andorra y Croacia, únicamente deberá llevar su póliza de seguro junto con al recibo de pago que justifique la vigencia del mismo.
Si procede de Albania, Bosnia-Herzegovina, Bielorrusia, Israel, Irán, Marruecos, Moldavia, Macedonia, Serbia, Montenegro, Túnez, Turquía y Ucrania, necesitará acogerse al Sistema de la Carta Verde, que es el Certificado Internacional de Seguro de Responsabilidad Civil.
Si no procede de ninguno de los paises arriba citados, deberá contratar un Seguro de Frontera (un seguro temporal de responsabilidad civil de suscripción obligatoria para vehículos de motor).
Dado que las condiciones pueden variar, le recomendamos que se ponga en contacto con el Consulado o Embajada de España para verificar estos requerimientos antes de iniciar el viaje.